Titulares de cargos directivos administrativos de alto nivel

Referencia normativaDenominación de la obligación individualContenidos de la obligaciónActualización
Para cada titular de cargo:
Art. 14, apartado 1, letra a) y apartado 1-bis, Decreto Legislativo n .º 33/2013Tareas administrativas principales (a publicar en tablas)Acta de otorgamiento, con indicación de la duración del encargoOportuna (ex art. 8, Decreto Legislativo n .º 33/2013)
Art. 14, apartado 1, letra b) y apartado 1-bis, Decreto Legislativo n .º 33/2013Curriculum vitae, redactado de conformidad con el modelo europeo vigenteOportuna (ex art. 8, Decreto Legislativo n .º 33/2013)
Art. 14, apartado 1, letra c) y apartado 1-bis, Decreto Legislativo n .º 33/2013Compensaciones de cualquier naturaleza relacionadas con la asunción del encargo (con evidencia específica de cualquier componente variable o relacionado con la evaluación del resultado)Oportuna (ex art. 8, Decreto Legislativo n .º 33/2013)
Art. 14, apartado 1, letra c) y apartado 1-bis, Decreto Legislativo n .º 33/2013 Importes de viajes de servicio y misiones pagados con fondos públicosOportuna (ex art. 8, Decreto Legislativo n .º 33/2013)
Art. 14, apartado 1, letra d) y apartado 1-bis, Decreto Legislativo n .º 33/2013Datos relativos a la contratación de otros cargos, en entidades públicas o privadas, y correspondientes remuneraciones por cualquier concepto abonadasOportuna (ex art. 8, Decreto Legislativo n .º 33/2013)
Art. 14, apartado 1, letra e) y apartado 1-bis, Decreto Legislativo n .º 33/2013Otros posibles encargos con gastos a cargo de las finanzas públicas e indicación de las remuneraciones correspondientesOportuna (ex art. 8, Decreto Legislativo n .º 33/2013)
Art. 14, apartado 1, letra f) y apartado 1-bis, Decreto Legislativo n .º 33/2013 Art. 2, apartado 1, punto 1, l. n .º 441/19821) declaración relativa a derechos reales sobre bienes inmuebles y sobre bienes muebles inscritos en registros públicos, titularidad de empresas, acciones de sociedades, participaciones en sociedades, ejercicio de funciones de administrador o de auditor de sociedades, con la inscripción de la fórmula «en mi honor afirmo que la declaración corresponde a la verdad» [Para el sujeto, el cónyuge no separado y los parientes dentro del segundo grado, si los mismos lo permiten (NB: dando eventualmente evidencia de la falta de consentimiento) y referida en el momento de la asunción del cargo]Ninguno (debe presentarse una sola vez dentro de los 3 meses posteriores a la elección, nombramiento o asignación del cargo y permanecerá publicado hasta el cese del cargo o mandato).
Art. 14, apartado 1, letra f) y apartado 1-bis, Decreto Legislativo n .º 33/2013 Art. 2, apartado 1, punto 2, l. n .º 441/19822) copia de la última declaración de la renta sujeta al impuesto sobre la renta de las personas físicas [Para el sujeto, el cónyuge no separado y los parientes dentro del segundo grado, si los mismos lo permiten (NB: dando eventualmente evidencia de la falta de consentimiento)] (NB: es necesario limitar, con las debidas precauciones por parte del interesado o de la administración, la publicación de los datos sensibles)Dentro de los 3 meses del nombramiento o de la asignación del cargo
Art. 14, apartado 1, letra f) y apartado 1-bis, Decreto Legislativo n .º 33/2013 Art. 3, l. n. 441/19823) certificación relativa a los cambios en la situación patrimonial ocurridos en el año anterior y copia de la declaración de la renta [Para el sujeto, el cónyuge no separado y los parientes dentro del segundo grado, si los mismos lo permiten (NB: dando eventualmente evidencia de la falta de consentimiento)]Anual
Art. 20, apartado 3, del Decreto Legislativo n .º 39/2013Declaración sobre la inexistencia de una de las causas de incompatibilidad del encargoOportuna (art. 20, apartado 1, del Decreto Legislativo n .º 39/2013)
Art. 20, apartado 3, del Decreto Legislativo n .º 39/2013Declaración sobre la inexistencia de una de las causas de incompatibilidad al otorgamiento del encargoAnual (art. 20, apartado 2, del Decreto Legislativo n .º 39/2013)
Art. 14, apartado 1-ter, segunda frase, Decreto Legislativo n .º 33/2013Importe total de los emolumentos percibidos a cargo de las finanzas públicasAnual (a más tardar el 30 de marzo)

Última actualización: 25/02/2022

Pubblicato il: 25/02/2022

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