Directivos cesados

Referencia normativaDenominación de la obligación individualContenidos de la obligaciónActualización
Art. 14, apartado 1, letra a), Decreto Legislativo n .º 33/2013Directivos rescindidos de la relación laboral (documentación a publicar en la web)Acta de nombramiento o proclamación, con indicación de la duración del cargo o mandato electivoNinguno
Art. 14, apartado 1, letra b), Decreto Legislativo n .º 33/2013Curriculum vitaeNinguno
Art. 14, apartado 1, letra c), Decreto Legislativo n .º 33/2013Compensaciones de cualquier naturaleza relacionadas con la asunción del cargoNinguno
Art. 14, apartado 1, letra c), Decreto Legislativo n .º 33/2013Importes de viajes de servicio y misiones pagados con fondos públicosNinguno
Art. 14, apartado 1, letra d), Decreto Legislativo n .º 33/2013Datos relativos a la contratación de otros cargos, en entidades públicas o privadas, y correspondientes remuneraciones por cualquier concepto abonadasNinguno
Art. 14, apartado 1, letra e), Decreto Legislativo n .º 33/2013Otros posibles encargos con gastos a cargo de las finanzas públicas e indicación de las remuneraciones correspondientesNinguno
Art. 14, apartado 1, letra f), Decreto Legislativo n .º 33/2013 Art. 2, apartado 1, punto 2, l. n .º 441/19821) copias de las declaraciones de impuestos relativas al período del encargo; 2) copia de la declaración de impuestos posterior al final del encargo o cargo, en el plazo de un mes a partir de la expiración del plazo legal para la presentación de la declaración [Para el sujeto, el cónyuge no separado y los parientes dentro del segundo grado, si los mismos lo permiten (NB: dando eventualmente evidencia de la falta de consentimiento)] (NB: es necesario limitar, con las medidas adecuadas por parte del interesado o de la administración, la publicación de los datos sensibles)Ninguno
Art. 14, apartado 1, letra f), Decreto Legislativo n .º 33/2013 Art. 4, l. n. 441/19823) declaración relativa a los cambios en la situación patrimonial ocurridos después de la última declaración [Para el sujeto, el cónyuge no separado y los parientes dentro del segundo grado, si los mismos lo permiten (NB: dando eventualmente evidencia de la falta de consentimiento)]Ninguno (debe presentarse una sola vez dentro de los 3 meses posteriores al cese del cargo).

Última actualización: 27/02/2022

Pubblicato il: 26/02/2022

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